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INMIGRACIÓN: Certificado PERM

¿Es usted un trabajador extranjero que quiere ser contratado en los EE.UU. de forma permanente? ¿Es usted un empresario estadounidense que busca un trabajador extranjero para mantenerlo de forma permanente? Así es como debe hacerlo .

El Programa de Manejo de Revisión Electrónica (PERM) es el sistema establecido por el USCIS para obtener lo que se llama «certificado laboral «. El «certificado laboral» es el primer paso en la obtención de una visa de inmigrante basada en empleo («green card»). Todo el proceso se conoce como certificado de trabajo PERM.

Por lo general, los extranjeros que vienen a los Estados Unidos para residir permanentemente deben tener una oferta de trabajo que no deberá (i) desplazar a los trabajadores estadounidenses cualificados ni (ii) afectar negativamente a los salarios y condiciones de trabajo. Para demostrar que el contrato cumple estos requisitos, la parte contratante debe presentar una «Solicitud de Certificado Laboral Permanente» (PERM).

SOLICITUD DEL CERTIFICADO DE EMPLEO EXTRANJERO

El Departamento de Trabajo («DOL») de los Estados Unidos, a través de la Administración de Empleo y Capacitación, ha proporcionado un formulario denominado «Solicitud del Certificación de Empleo Extranjero» (Formulario ETA – 9089). El empresario (cualificado por un Número de Identificación de Empleo Federal) presenta la solicitud por internet con el Departamento del Centro de Servicio Regional de Trabajo de los Estados Unidos. El Centro de Servicio Regional revisa que la solicitud esté completa y se asegura de que cumple con los requisitos estandarizados que se detallan a continuación.

El Departamento de Trabajo o bien aprueba la solicitud, o emite una negación , o emite una «carta de auditoría». Si hay una auditoría, el Departamento de Trabajo revisará los registros del proceso de selección de la parte contratante.

Cualquiera de los curriculum que reciban los empresarios deben conservarse durante cinco (5) años, ya que, si hubiera una auditoría, el empresario deberá proporcionar un informe detallado sobre las actividades del proceso de selección.

DESCRIPCIÓN Y CUALIFICACIÓN REGIONAL

La oportunidad de crear trabajo regional debe ser descrita sin criterios indebidamente restrictivos. Los requisitos, que pueden parecer hechos a medida de la educación o la experiencia específica del trabajador extranjero, pueden ser vistos como si se intentase jugar con el sistema y ser rechazados. Los requisitos de trabajo deben tener sentido dada la naturaleza del puesto.

Los requisitos relacionados con los idiomas extranjeros serán revisados muy cuidadosamente y los empresarios tienen que ser capaces de aportar pruebas de la necesidad de esas habilidades lingüísticas.

Cualquier cualificación necesaria más allá de la propia de la ocupación, será examinada cuidadosamente y la parte contratante se hará cargo de probar una necesidad comercial para tal cualificación.

SALARIO CORRESPONDIENTE

Antes de iniciar el proceso de selección o de presentar la solicitud PERM, el empresario debe solicitar que se determine el salario correspondiente por parte del Departamento de Trabajo, el cuál debe cumplir con las leyes federales y estatales de salarios mínimos, así como también debe cumplir la escala de sueldos según la posición en la región.

La parte contratante también debe demostrar que posee solvencia financiera para pagar el salario correspondiente al puesto, esto estará reflejado en las declaraciones de impuestos de la compañía y en la historia de la nómina. El Departamento de Trabajo hará una determinación del salario vigente para el puesto ofertado en base a la información proporcionada por la parte contratante, y el salario que se ofrece al candidato debe cumplir con esta cantidad mínima.

PUBLICIDAD

Los anuncios deben publicarse en un periódico de tirada nacional durante dos Domingos consecutivos, en una publicación profesional u otra publicación nacional, según corresponda al puesto ofertado.

Los requisitos que debe cumplir la publicidad son muy específicos, tales como una descripción del trabajo, la experiencia y la educación, y el salario que se ofrece. Las formas de publicidad incluyen lo siguiente, aunque no están limitados a ellas:

  • Página Web de la compañía,
  • Oferta de trabajo interno,
  • Boletín de la empresa,
  • Participación en ferias de empleo,
  • Contratación del campus,
  • Página web del periódico,
  • Publicaciones étnicas,
  • Sitios web de la carrera 

OTROS CANDIDATOS PARA EL PUESTO

Como parte de la solicitud PERM, la parte contratante tiene que certificar que la oportunidad de empleo ha sido abierta a cualquier trabajador estadounidense cualificado.

El empresario es el responsable de mantener un registro de todos los candidatos y debe documentar por qué cada uno de ellos no está disponible o cualificado para el puesto anunciado. El empresario debe revisar las cualificaciones de todos los candidatos y entrevistar a tantos candidatos como sea razonablemente posible. El Departamento de Trabajo puede requerir dicha documentación, así como los curriculum presentados por cada solicitante.

Si el solicitante claramente no está cualificado en base a su curriculum, el empresario no tiene por qué entrevistarlo. Sin embargo, si el curriculum no elimina de manera concluyente al solicitante, entonces él o ella debe ser entrevistado.

El certificado de trabajo no se puede conceder si hay un trabajador estadounidense cualificado y disponible – incluso aunque el solicitante extranjero esté más cualificado.

SINDICATOS Y GRUPOS DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA

La notificación a un representante sindical o a un agente de negociación de que se ha presentado una solicitud de certificado laboral se debe de hacer si un sindicato representa a los trabajadores de una empresa. Si no existe tal sindicato, debe publicarse un aviso en el lugar de trabajo. La notificación tiene que contener una descripción del puesto, así como el salario ofrecido.

Si la publicación del salario está en contra de las prácticas y políticas de muchos empresarios, será una excepción de dicho requisito, debe incluirse esta información.

AUTORIZACIÓN DE EMPLEO

No se debe confundir el proceso de certificado PERM con un permiso de trabajo.

Aunque el certificado de trabajo es un requisito previo a la obtención de la residencia permanente basada en el empleo, no es en sí mismo una solicitud de autorización de empleo.

El Departamento de Trabajo solo certifica que ningún trabajador estadounidense está cualificado o disponible y que los salarios y las condiciones de trabajo no afectarán negativamente a los de los trabajadores estadounidenses. La autorización de empleo sólo puede ser concedida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), que es una agencia independiente.

Una vez aprobada la solicitud PERM, el empresario debe presentar una Petición de Visa de Inmigrante (Formulario I-140) con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos a nombre del solicitante trabajador extranjero. Después de ser aprobada la petición de visa de inmigrante I-140, el solicitante extranjero puede finalizar su solicitud de residencia permanente, ya sea a través de un ajuste de estatus en los EE.UU. o en ell proceso consular en su país de origen.

ROLES Y RESPONSABILIDADES

El Departamento de Trabajo hace la determinación real con respecto a la solicitud de certificado laboral permanente.

Un abogado o sus empleados no pueden ética o legalmente participar en el proceso de contratación a menos que el abogado lleve a cabo de forma rutinaria el proceso de selección para la parte contratante. Se recomienda que una persona dentro de la empresa sea designado como el oficial del proceso de selección. Puede esperarse que su abogado sea capaz de aplicar las leyes y regulaciones en constante cambio en este área.

Esta es una responsabilidad importante porque muchos de los requerimientos para que una solicitud del certificado de trabajo sea exitosa son contra-intuitivas al «mundo real» de la contratación laboral.

Es posible que su abogado de inmigración también pueda hacer lo siguiente:

  • Analizar las posibilidades de una solicitud exitosa.
  • Preparar una declaración realista y precisa de las cualificaciones y otros requisitos.
  • Guiar a la parte contratante y al trabajador extranjero a través de todo el proceso, manteniendo al empresario informado de sus obligaciones en materia de contratación y con respecto al nivel de interés generado.

PAGO DE LOS HONORARIOS DEL ABOGADO

El 17 de mayo de 2007, el Departamento de Trabajo publicó directrices relativas al pago de los honorarios del abogado en el contexto de certificación laboral. Según el articulo 72 Fed. Reg. 27.905, el trabajador extranjero tiene prohibido pagar los honorarios o costes del abogado asociados con el proceso PERM. Por otra parte, cuando el mismo abogado representa a la vez al trabajador extranjero y al empresario, todos los costes relacionados con la preparación, presentación y obtención del certificado de trabajo permanente deben ser asumidos por el empresario. Las sanciones por violar esta disposición pueden ser muy duras.

La prohibición del pago de los honorarios y costos por parte del trabajador extranjero se refiere sólo a los costes asociados a la mano de obra del proceso de certificación. Las tasas y los costes asociados a la posterior petición de visa de inmigrante I-140 o solicitud de ajuste de estatus I-485 o procesamiento de visa de inmigrante no están contemplados por el presente Reglamento del Departamento de Trabajo, ya que eso entra en la jurisdicción de la USCIS.

SOLICITUD ONLINE 

Como parte del proceso de certificación laboral, el empresario se registrará en la página web del Departamento de Trabajo. En los cinco primeros días, la parte contratante recibirá un correo electrónico del Departamento de Trabajo para confirmar este registro y también obtendrá una contraseña para acceder a la solicitud del trabajador extranjero. Le será enviado un segundo correo electrónico por parte del Departamento de Trabajo, con un PIN de 4 dígitos. Se deben imprimir estos mensajes de correo electrónico para archivarlos y darle al abogado que lleve el proceso la contraseña y PIN para tener acceso a la solicitud.

Además, el empresario también debe registrarse en la Agencia Estatal de Trabajadores y publicar el puesto de trabajo en su página web. En Florida, la página web es: www.employflorida.com. Es obligatorio publicar el anuncio como mínimo durante 30 días en la Agencia Estatal de Trabajadores.

Para obtener más información, póngase en contacto con nuestra oficina.

Jeff Harrington, Esq.

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